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Preguntas frecuentes sobre nuestros servicios de ingeniería civil y gestión predial.

GESTIÓN PREDIAL Y TRÁMITES IGAC

Es el proceso que actualiza la información oficial de tu predio: dimensiones, construcciones, propietario y avalúo. Debes hacerla cuando construyas, amplíes o demolas edificaciones, cuando subdividas o unas lotes, cuando cambie el uso del suelo, o cuando notes diferencias entre el área real y la registrada ante el IGAC.

Solicitando el Certificado de Tradición y Libertad en la ORIP y cruzándolo con la ficha catastral del IGAC. Los datos de área, matrícula inmobiliaria y propietario deben coincidir exactamente en ambos documentos. Si hay diferencias, se requiere una rectificación catastral.

Un englobamiento tarda entre 30 y 45 días hábiles. Una subdivisión entre 45 y 60 días hábiles. Incluyendo el registro posterior en la ORIP, el proceso completo puede tomar entre 2 y 4 meses.

Formulario de solicitud diligenciado, cédula del propietario, Certificado de Tradición y Libertad vigente (máximo 30 días), escrituras de propiedad, plano topográfico georreferenciado firmado por ingeniero matriculado, paz y salvo de impuesto predial, y opcionalmente actas de colindancia con los vecinos.

El avalúo catastral lo determina el IGAC y sirve como base para calcular el impuesto predial. El avalúo comercial refleja el precio real de mercado del inmueble y generalmente es más alto. Son dos cifras distintas con propósitos distintos.

TRÁMITES NOTARIALES

Minuta de compraventa, cédulas de los compradores y vendedores, escritura con la que el vendedor adquirió el inmueble, Certificado de Tradición y Libertad vigente, paz y salvo de impuesto predial, paz y salvo de valorización y, si aplica, paz y salvo de administración en caso de propiedad horizontal.

No es posible vender el dominio pleno de un predio sin sanear, ya que el notario no puede autorizar la escritura y la ORIP rechazará el registro. Existen figuras alternativas como la cesión de derechos de posesión, pero implican condiciones especiales. En VIALGEST te asesoramos para identificar el camino correcto según tu caso.

Es el trámite legal por el que los bienes de una persona fallecida se transfieren a sus herederos. Mientras no se liquide, ningún heredero puede vender su parte de manera individual. Si todos los herederos están de acuerdo, la sucesión notarial toma entre 15 y 45 días; una vez registrada en la ORIP, el predio queda disponible para venta o desenglobe.

Si la documentación está completa, la escritura se elabora en 1 a 3 días hábiles, se firma en un día y el notario la autoriza en 1 a 2 días más. El paso final, el registro ante la ORIP, toma entre 10 y 20 días hábiles adicionales.

LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN

Es la entidad privada que ejerce función pública para verificar que tu proyecto cumpla con las normas urbanísticas del municipio (POT) y la norma sismo resistente NSR-10. Es la única autoridad legal que puede expedir una licencia de construcción. Sin su aprobación, cualquier obra es ilegal.

Formulario Único Nacional, Certificado de Tradición y Libertad, copia de la cédula del propietario, planos arquitectónicos firmados por arquitecto matriculado, memorias de cálculo estructural y estudio de suelos firmados por ingeniero civil, paz y salvo de impuesto predial y tarjetas profesionales de los diseñadores.

No. Iniciar obras antes de tener la licencia aprobada es ilegal, aunque el trámite esté en estudio. Hacerlo puede resultar en sellamiento inmediato de la obra y sanciones económicas.

Las consecuencias son graves: multas calculadas por metros cuadrados intervenidos, sellamiento de la obra, posible orden de demolición y bloqueo del registro catastral, lo que impide vender o financiar el inmueble con entidades bancarias.

La ley establece 45 días hábiles, pero si la curaduría emite observaciones al proyecto, el trámite se puede extender. En la práctica, incluyendo correcciones, el proceso toma entre 2 y 4 meses. Un proyecto bien elaborado desde el inicio reduce significativamente ese tiempo.

DISEÑOS Y REDES HIDROSANITARIAS

Siempre que tu proyecto requiera licencia de construcción. El diseño hidrosanitario hace parte del expediente técnico obligatorio y debe ser elaborado por un ingeniero civil.

Tres redes: la red de agua potable (desde la acometida hasta cada punto de uso), la red de aguas negras (desagües de baños y cocinas con pendientes correctas y ventilación) y la red de aguas lluvias (canales, bajantes y cajas para cubiertas y patios). Incluye planos isométricos, cuadro de convenciones y detalles de instalación.

Sí, hacen parte integral del expediente de licencia de construcción que se radica ante la curaduría urbana. Adicionalmente, dependiendo del municipio, pueden requerir aval de la empresa prestadora de servicios públicos.

Depende del alcance de la intervención. Para ampliaciones o modificaciones menores puede adaptarse la red existente. Para obras nuevas o cambios significativos en la distribución, es necesario un diseño nuevo que garantice el correcto funcionamiento y cumpla la norma vigente.